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Absuelven a tres jóvenes señalados de terrorismo durante el paro nacional

La Fiscalía podrá apelar la decisión el próximo 19 de febrero cuando se dé lectura a todo el fallo absolutorio.

Paro nacional
Paro nacional
Foto: AFP

Elkin Duván Peña Maldonado, Deiver Daniel Gómez y Juan David López, acusados de terrorismo agravado y violencia contra servidor público durante las protestas del paro nacional de 2021, fueron absueltos por un juez especializado de Bogotá .

Los hechos ocurrieron el 30 de mayo de 2021 en la avenida Ciudad de Cali con calle 13, donde un grupo de personas atacó un vehículo policial, dejando lesiones a dos miembros de la Policía Nacional. Según el relato del ente acusador, entre 40 y 50 manifestantes vandalizaron el automotor y agredieron a los uniformados que se encontraban en su interior. Las pruebas se basaron en testimonios de las víctimas, grabaciones y reconocimientos fotográficos que señalaban a los tres jóvenes como participantes en los ataques.

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Sin embargo, la defensa sostuvo que sus representados no estaban en el lugar durante los hechos. Alegaron que habían sido aprehendidos días antes en otra manifestación y que las reseñas tomadas entonces fueron erróneamente utilizadas para implicarlos. Además, se presentó evidencia que cuestionaba la solidez de los reconocimientos por parte de las víctimas.

El juez señaló que, aunque los ataques contra el vehículo y los policías fueron probados, persistían “graves dudas” sobre la responsabilidad penal de los acusados. Uno de los puntos más críticos fue la inconsistencia en los testimonios de las víctimas, quienes afirmaron haber identificado a los tres jóvenes en posiciones diferentes durante el mismo lapso de tiempo, un hecho que calificó como “imposible físico”.

Los videos del incidente también fueron examinados. Según las víctimas , el parabrisas del vehículo fue destruido, lo que les permitió una visión directa de los agresores. No obstante, el juez determinó que el daño al parabrisas no era total, lo que ponía en entredicho las afirmaciones de reconocimiento.

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El fallo también cuestionó la cadena de custodia y la manera en que las plantillas fotográficas fueron elaboradas para los reconocimientos. Estas inconsistencias, junto con la falta de evidencia concluyente, llevaron al juez a concluir que las pruebas eran insuficientes para confirmar la culpabilidad de los acusados.

“La responsabilidad penal debe basarse en pruebas sólidas, libres de dudas razonables”, afirmó el juez al emitir su decisión. Subrayó que la ausencia de certeza plena sobre la participación de Peña Maldonado, Gómez y López en los ataques impedía una condena.

La Fiscalía podrá apelar la decisión el próximo 19 de febrero cuando se dé lectura a todo el fallo absolutorio.

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