Cuestionando la votación del fallo que despenalizó el aborto hasta el sexto mes de gestación, la Universidad de La Sabana le hizo llegar una petición formal para que anule este fallo a la Corte Constitucional .
Para la universidad, el conjuez Julio Andrés Ossa desempató la votación de los magistrados de la alta corte, que quedó en 4-5, y además salvó el voto porque había propuesto que fuera hasta la semana 13 y no 24.
Para los docentes María Idárraga Martínez, Juana Inés Acosta López y Fabio Enrique Pulido Ortiz, la votación realizada por el conjuez Ossa debería ser nula porque su propuesta fue hasta la semana número 13, por lo que aclaró su voto.
“Este incidente se fundamenta en los siguientes cargos de nulidad: aprobación de la sentencia sin las mayorías exigidas por la ley, vulneración del debido proceso por afectación a los principios de congruencia, independencia y cosa juzgada, y elusión arbitraria de un asunto de relevancia constitucional que afecta masivamente derechos humanos”, señaló la universidad.
Publicidad
En otros dos puntos La Sabana precisó que la decisión es cosa juzgada, porque ya la Corte Constitucional se había pronunciado al respecto con las tres excepciones que tiene la ley para despenalizar el aborto, y para los docentes no se explicó la evolución jurisprudencial en relación con los derechos de las mujeres.
Publicidad
“Los magistrados que apoyaron la ponencia no explicaron por qué la evolución jurisprudencial de la Corte Constitucional, en relación con los derechos de las mujeres a la salud sexual y reproductiva, y a la eliminación de barreras estructurales para el acceso de las mujeres a esos derechos, debilita la cosa juzgada de la sentencia C-355 de 2006”, agregó La Sabana.
Argumentos de la Universidad de La Sabana para tumbar fallo del aborto
Juana Acosta, directora de la Clínica Jurídica de la Universidad de La Sabana le explicó a Blu Radio los argumentos de la entidad educativa para elevar la petición a la Corte Constitucional:
“La solicitud de nulidad que presentamos el día de ayer se fundamenta en tres razones: la primera es que la aclaración de voto del conjuez Julio Andrés Ossa evidencia que él no estuvo de acuerdo con la decisión que dio lugar a la Sentencia 055 de 2022, en efecto la Corte definió que es inconstitucional despenalizar el aborto hasta la semana 24, pero el conjuez decidió que lo constitucional es penalizar el aborto hasta la semana 13”.
Publicidad
Acosta reiteró que el conjuez en ese caso no estaba de acuerdo con la decisión y, por lo tanto, se viciaría de nulidad la sentencia.
En el segundo punto la abogada y docente de la U. La Sabana afirmó que la corte no aportó argumentos suficientes para argumentar que debería levantarse la cosa juzgada: “Esto nuevamente afecta el proceso”.
Publicidad
Y, finalmente, señaló que la corte “eludió un asunto fundamental de la discusión y es la existencia del dolor fetal”. Según la abogada, el alto tribunal los omitió por completo teniendo en cuenta la relación con los seres sintientes.