Según el ministerio público, Cohen habría violado el régimen disciplinario y habría obrado con negligencia al no presentar los requerimientos del Concejo para explicar todos los movimientos de la Empresa de Teléfonos de Bogotá (Lea también: Saúl Kattan renunció a la presidencia de la ETB ).
El expresidente de la ETB podrá acudir a una segunda instancia para apelar la decisión. Lo cierto es que si Kattan resulta sancionado en última instancia, tendrá que pagar los seis meses de suspensión equivalentes al salario que devengaba.
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Este es el comunicado completo de la Procuraduría:
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En decisión de primera instancia, Procuraduría General de la Nación sancionó a presidente de la Empresa de Teléfonos de Bogotá (ETB) para el año 2014
-El fallo fue dado a conocer por la Procuraduría Primera Distrital en audiencia pública.
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La Procuraduría General de la Nación, mediante fallo de primera instancia, suspendió por un término de seis meses al señor Saúl Kattan Cohen, en su calidad de presidente de la Empresa de Teléfonos de Bogotá (ETB), tras establecer que no asistió a los debates de control político a los que fue convocado por el Concejo de la ciudad.
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La investigación disciplinaria permitió establecer que el señor Kattan Cohen no asistió a las sesiones del Concejo Distrital de Bogotá realizadas el 23 de abril y 22 de octubre de 2014, las cuales fueron debidamente aprobadas por la Corporación.
El investigado señaló que él no era sujeto de control político pues de acuerdo con sentencia proferida por la Corte Constitucional el 26 de marzo de 2014, el control político a la ETB solo se hace a través de las personas que ostentan la calidad de servidores públicos y que como lo ha establecido el Consejo de Estado el presidente de este empresa es un particular en el ejercicio de funciones públicas, lo cual fue desvirtuado por la Procuraduría.
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En ese sentido, el Ministerio Público recordó que dichos argumentos son inexactos pues el hecho de que la Corte haya convalidado la procedencia del control político por parte del Concejo de Bogotá a la ETB y los miembros de su Junta Directiva que sean servidores públicos, “no exime de la función de representación legal al presidente de la empresa (…) en este caso el señor Saúl Kattan Cohen”.
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Asimismo, se evidenció que la conducta del disciplinado Saul Kattan Cohen quebrantó las normas legales y reglamentarias y no encontró ninguna justificación razonada para no asistir al cabildo distrital situación por la que el Concejo Distrital vio entorpecida su función de control político que le fue encomendada por mandato popular en ejercicio del poder soberano del pueblo en este Estado Social de Derecho.
La falta fue calificada como grave a título de culpa gravísima teniendo en cuenta que desatendió normas de obligatorio cumplimiento.
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Esta determinación disciplinaria de primera instancia fue apelada por la defensa del señor Saúl Kattan Cohen.
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