La Superintendencia Financiera de Colombia le recordó a los afiliados de Colpensiones que no estén dentro del régimen de transición y cuyos ingresos superen los 2,3 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) que deben seleccionar un fondo de pensiones privados.
Esto fue establecido con al reforma pensiones 2025, una normativa que otorgó un plazo de seis meses, contados desde el 16 de julio de 2024, para que los afiliados que cumplan con los requisitos mencionados puedan elegir libremente fondo.
Publicidad
¿Qué pasa con su pensión desde el 16 de enero de 2025?
Según el nuevo sistema que entra a operar, si usted gana más de 2,3 SMMLV ( es decir $3.274.050 en 2025) tiene hasta el 16 de enero de 2025 para elegir a qué fondo privado quiere enviar su ahorro. Si los afiliados no realizan este procedimiento dentro del tiempo establecido, una ACCAI les será asignada de forma aleatoria mediante el mecanismo definido por el Gobierno nacional.
La nueva legislación también establece que los afiliados con ingresos superiores a los 2,3 SMLMV deben realizar su cotización mensual al Componente de Prima Media administrado por Colpensiones hasta ese valor. Los ingresos que excedan dicha cifra serán la base para realizar aportes al Componente Complementario de Ahorro Individual, que será gestionado por las ACCAI.
¿Qué entidades pueden ser ACCAI?
En el marco del nuevo sistema pensional, podrán administrar el Componente Complementario de Ahorro Individual del Pilar Contributivo las siguientes entidades, siempre que cuenten con autorización de la SFC y cumplan los requisitos legales y operativos:
- Sociedades administradoras de fondos de pensiones
- Sociedades fiduciarias
- Compañías aseguradoras de vida
- Sociedades comisionistas de bolsa
- Colpensiones
- Entidades sin ánimo de lucro autorizadas y vigiladas por la SFC
Otro punto para aclarar es que si usted ya está en un fondo privado y gana más de los 2,3 salarios mínimos, puede seguir en ese mismo fondo por lo que no deberá hacer nada.
Publicidad
La SFC ha publicado en su sitio web (www.superfinanciera.gov.co ) el listado de entidades habilitadas para administrar estos recursos y actualizará dicha información según sea necesario, permitiendo a los cotizantes realizar una elección informada.
Según la Ley, los afiliados podrán cambiar de fondo después de permanecer en una durante un periodo mínimo de seis meses.