A través de la publicación de información relevante, Empresas Públicas de Medellín confirmó que el Tribunal Administrativo de Antioquia negó el mandamiento de pago que había solicitado la Sociedad Hidroituango, que pretendía el pago de 117.825.000 de pesos por incumplimiento y retrasos en la generación de energía en el megaproyecto.
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Según EPM, la Sala Cuarta de Oralidad del Tribunal Administrativo de Antioquia considera que el pago solicitado no corresponde a una obligación clara, expresa y exigible y no es un término que esté consagrado en el contrato BOOMT, con el que se construye Hidroituango y por lo que no hay incumplimiento de lo pactado que obligue a pagar una clausula, como pretendían los dueños del proyecto.
La solicitud de pago de la Sociedad se había hecho el pasado 26 de septiembre y la negativa del Tribunal fue el pasado 17 de octubre.
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El auto de la Sala Cuarta de Oralidad también asegura que la competencia para resolver la reclamación es un Tribunal de Arbitramento, como juez natural del contrato BOOMT.
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A propósito de EPM, esta empresa informó que en desarrollo del programa de enajenación o venta de su participación accionaria en Gasoriente, fueron vendidas en segunda etapa 12'213.600 acciones ordinarias, a un precio de $2.900 por acción, es decir, en la segunda etapa se recaudaron 35.419 millones de pesos.
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