
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios le pidió a Afinia que brinde la información relacionada con las condiciones en las que implementará el racionamiento de energía en el sur de Bolívar.
De acuerdo con la entidad, esta empresa de servicios públicos no puede suspender el suministro a los sujetos que están protegidos por la Constitución.
“Para ejecutar la medida, se debe contar con los acuerdos vigentes entre el Suscriptor Comunitario y la empresa, el cual debe estar avalado por la autoridad local o alcalde municipal. Además, de acuerdo con principios constitucionales, Afinia no puede suspender el suministro de energía a los sujetos de especial protección constitucional”, dice el comunicado de Superservicios .
El organismo le recordó a Afinia, empresa filial de EPM, que debe garantizar el suministro a aquellas personas que, debido a su condición física, psicológica o social, merezcan la intervención del Estado para lograr una igualdad ante la sociedad.

Publicidad
Entre los sujetos que se encuentran acobijados por la protección constitucional están los hospitales, acueductos, personas oxígeno dependientes, y demás.
“La Superservicios hace un llamado a las partes, las comunidades de las zonas de áreas especiales, alcaldes y la empresa Afinia para que lleguen a nuevos acuerdos que permitan mejorar la situación de pagos del servicio y buscar soluciones alternativas que reversen la medida de limitación del suministro de energía”, reitera el pronunciamiento de la entidad.
Cabe recordar que dicho racionamiento anunciado por Afinia, según lo que argumentaba la empresa, se había implementado por la cartera morosa que acumula en los cinco departamentos del Caribe en donde opera. La medida, apodada bajo el nombre de “Periodos de Continuidad Concertados”, establece suspensiones de hasta 12 horas en las comunidades con los más altos niveles de pérdida y más bajo porcentaje de recaudo.
Esta situación fue calificada incluso como una “verguenza” por parte del gobernador de Bolívar, Yamil Arana. “Los servicios públicos deben ser garantizados por el Estado. Nadie en Colombia ni en el mundo puede vivir sin luz, sin energía ni sin agua. Son servicios elementales para la subsistencia de un ciudadano. Es inaceptable que la solución a las pérdidas sea recortar el servicio de energía", dijo Arana.
Publicidad
Por el momento, Afinia no se ha pronunciado al pedido que hizo la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. Sin embargo, se espera que la compañía cumpla con los requerimientos hechos por este organismo de vigilancia.