Si usted tiene tarjetas de crédito, créditos o seguros, tome nota porque la Superintendencia Financiera acaba de prohibir una serie de claúsulas abusivas en los contratos para proteger a los consumidores.
Los bancos que incluyan incurran en comportamientos como estos pueden acabar multados por la entidad y usted tiene derecho a reclamar si cree que está siendo blanco de alguno de ellos.
Por ejemplo. Si usted tiene tarjetas de crédito, nada de que le pongan cláusulas confusas sobre cuál es la tasa de cambio a la que le van a cobrar sus compras en dólares (por ejemplo, las que hace por Internet ). Debe ser claro cómo y cuándo se determina la tasa de cambio y no se la pueden alterar sin previo aviso.
Ni los bancos ni las entidades financieras le pueden hacer débitos automáticos por derecha, ni siquiera porque usted tenga la cuenta de nómina y los créditos en la misma entidad. Todos los débitos automáticos deben ser autorizados por usted.
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Por otro lado, no le pueden poner una tasa de interés variable a su tarjeta de crédito sin avisarle antes. Eso es diferente a que la tasa fija suba o baje.
Una nueva cláusula prohibida protege a quienes están buscando casa. Si les dan un preaprobado del crédito, no les pueden cambiar las condiciones sorpresivamente a la hora del desembolso. Tampoco les pueden poner trabas a la cesión de un crédito hipotecario o un leasing y por trabas hablamos incluso de ponerle oficinas especiales u horarios especiales a la solicitud.
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El listado de cláusulas abusivas en Colombia incluye hoy 66 tipos de abusos disintos. Entre ellos cobrar por consultar el saldo, no decirle a los consumidores financieros que pueden prepagar sus deudas, dilatar las reclamaciones ante las aseguradoras, entregar contratos con letra pequeña, entre otros.