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Servicios públicos más caros para unos y con más subsidios para otros: así será la ley

Blu Radio conoció que los subsidios ya no serán por estratos sino por ingresos y se abre la puerta a nuevos cobros para financiar el mínimo vital o la cobertura, según borrador.

Recibos de luz.jpg
Recibos de luz de la empresa Air-e.
Foto: BLU Radio.

Con la ley de servicios públicos el Gobierno busca darle un revolcón a las tarifas de los usuarios en Colombia y abre la puerta a ampliar las ayudas para los hogares más pobres, mientras que para los más privilegiados se podrán crear cobros adicionales a los que existen hoy en día, según el documento borrador conocido por Blu Radio.

Este jueves el Gobierno nacional tuvo una cumbre en la que le dió los últimos retoques a la iniciativa para comenzar el proceso de socialización con gremios y usuarios. El proyecto aún puede sufrir cambios y no se ha definido cuándo será radicado ante el Congreso de Colombia.

Hoy en día ya existe un esquema de contribuciones y subsidios en energía eléctrica, gas y agua, según el cual los estratos 5 y 6 pagan parte de la tarifa de los estratos 1, 2 y 3. A ese esquema se sumaría un nuevo régimen de tarifas con enfoque de redistribución de ingresos que tenga en cuenta la capacidad de pago de los hogares y la posibilidad de otra clase de cobros para financiar programas de acceso universal o mínimo vital.

En ese esquema que puede establecer el Gobierno la factura no solo dependerá de la tarifa y el nivel de los consumos, sino que además se tengan en cuenta otros factores asociados a la información socioeconómica de los hogares.

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Según la propuesta: “Las tarifas de servicios públicos domiciliarios deberán hacer explícitos los factores de solidaridad y redistribución de ingresos, que son independientes de los factores de subsidios y de las otras políticas de universalización y mínimo vital, para lo cual podrán hacer cobros de cargos fijos o factores diferenciales entre los usuarios según su capacidad de pago”.

Otro aparte de la propuesta agrega: “El Gobierno nacional directamente o a través de las Comisiones de Regulación podrá establecer como componente tarifario factores solidarios y redistributivos que tengan como finalidad exclusiva atender el pago de subsidios destinados al mínimo vital o financiar programas de servicio universal”.

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Esta iniciativa establece que los subsidios por estratos van a desaparecer y serán reemplazados por un sistema basado en el Registro Universal de Ingresos, que será la herramienta que reemplazará al Sisbén y que ya está en construcción en Planeación Nacional.

Mientras ese esquema comienza a andar seguirán entregándose subsidios según estratos, pero en ninguna parte se mencionan los subsidios de energía para el estrato 3. Esto a pesar de que el plan de desarrollo había extendido los subsidios de electricidad al estrato 3 hasta junio del 2027.

El objetivo del Gobierno es que a futuro los subsidios no se asignen según estratos sino de acuerdo con la clasificación del Registro Universal de Ingresos, que es la herramienta que reemplazará al Sisben y que ya está en construcción.

Así funcionará el mínimo vital

La ley asume que todos los colombianos tienen derecho a una cantidad mínima de agua, luz, gas, aseo e internet y que el estado debe hacer lo posible por garantizarlo. Por eso cuando los esquemas de subsidios y los demás programas, no alcancen a cubrir ese mínimo vital se abrirá la puerta a generar un subsidio individual que cubra el costo de ese consumo.

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El subsidio sólo sería reconocido a usuarios económicamente vulnerables que tengan una incapacidad de pago demostrada. Ellos tendrán que hacer un trámite ante la empresa que les presta el servicio y podrían recibir el apoyo por unos cuatro meses.

La propuesta define que el mínimo vital son 50 litros de agua potable por persona y 103.8 kv/h de electricidad y deja en manos de la regulación el mínimo en gas, aseo e Internet.

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¿De dónde sale la plata?

La plata para este subsidio puede salir del presupuesto nacional o de cualquiera de los fondos de redistribución de ingresos del sector que son los que actualmente financian una parte de las tarifas a estratos 1, 2 y 3. Sin embargo, como ya se mencionó antes, está la posibilidad de que se establezcan cobros específicos a algunos usuarios para financiar mínimo vital o mayor cobertura.

Además, los municipios pueden aplicar medidas con cargo a sus presupuestos destinadas a asumir la reducción de las tarifas de los servicios públicos domiciliarios o de sus actividades complementarias.

Usuarios tendrán nuevos ‘poderes’ en servicios públicos

Las compañías del sector ya no le podrán los servicios a nadie sin antes hacer un debido proceso que implica notificaciones por escrito con al menos cinco días hábiles de anticipación y un plazo para que el usuario se defienda.

Los usuarios tendrán además el deber de “avisar previamente al prestador en los casos en que por razones sobrevinientes no pueda atender el pago total o parcial del servicio y requieran llegar a acuerdos de pago con el proveedor”.

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Incluso un usuario podría pedir la suspensión temporal del servicio de acuerdo con sus necesidades y hasta por cuatro meses.

Otros apartes de la ley

Como se esperaba propuesta incluye la posibilidad de que los servicios públicos puedan ser prestados por comunidades de forma autónoma, se dan más poderes a la Superintendencia de Servicios Públicos y se cambian los requisitos para el nombramiento de los miembros de las comisiones de regulación de Agua Potable y Energía y Gas (CRA y CREG).

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