A partir del 11 de agosto deben declarar renta los contribuyentes con cédulas terminadas en 99 y 00. Hasta el 21 de octubre, los que finalicen en 03 o 01.
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Las cédulas terminadas en 99 o 00 deberán hacerlo el 11 de agosto, y así cada día de a dos cifras hasta el 31 de agosto las cédulas terminadas en 73 o 74.
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En septiembre, a partir del primero de mes, deberán presentar la declaración de renta las cédulas terminadas en 71 o 72, y cada día nuevamente de a dos cifras, para a final de ese mes, el 30 de septiembre, declarar renta cédulas terminadas en 29 o 30.
Y en octubre, el primero de mes deberá declarar renta cédulas terminadas en 27 0 28, y de a dos cifras por cada día hasta el 21 de mes cuando deberán declarar renta cédulas terminadas en 03 o 01 para terminar así todos los números.
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