Hasta el miércoles, 30 de junio, los pensionados en Colombia tienen plazo para actualizar el Registro Único Tributario, RUT.
La actualización la puede hacer a través de la página web de la DIAN , que explica que todas las personas naturales que tengan ingresos provenientes de una pensión, bien sea de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales, así como de indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o de devoluciones de saldos de ahorro pensional, que se encuentran inscritos en el RUT, deben actualizarlo incluyendo la actividad económica “0020 Pensionados”, independientemente de que se encuentren obligados a declarar renta o no.
Si usted es pensionado y no tiene RUT debe inscribirse, pero solo si declara renta.
“Si eres pensionado y de acuerdo con tu realidad económica cumples requisitos para ser declarante de renta o debes estar inscrito en el RUT por otra razón, deberás informar la actividad económica “0020 Pensionado”. Si no debes cumplir ninguna obligación ante la DIAN, no es necesario inscribirte en el RUT”, explicó la Dian.
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De no actualizarlo, habrá una sanción económica, según explicó Ángela González, socia de Ey Colombia.
“Es una penalidad por cada día de retraso en la actualización correspondiente a dos unidades de valor tributario, conocida como UVT, que para el año 2021 sería aproximadamente de 73.000 pesos”, dijo.
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Lea a continuación y aclare todas las dudas sobre la inscripción de RUT para pensionados:
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