La pensión por sobrevivencia es una prestación económica que Colpensiones otorga a los familiares de una persona afiliada que ha fallecido. Esta pensión tiene como objetivo garantizar la subsistencia de aquellos dependientes económicos del fallecido, brindándoles un apoyo financiero.
Con la reforma pensional quedó estipulado todo un apartado para este punto. Además, Colpensiones explica qué pasará con su pensión en caso de que fallezca si no tiene pareja ni hijos.
La entidad explica que los miembros del grupo familiar del beneficiario de la pensión tendrán derecho a solicitar la Pensión de Sobrevivientes, es el caso del conyugue siempre y cuando dicha(o) beneficiaria(o), a la fecha del fallecimiento del causante, tenga 30 o más años de edad.
En el caso de los hijos, recibirán la pensión los hijos(as) menores de 18 años; los(as) hijos(as) mayores de 18 años y hasta los 25 años, incapacitadas(os) para trabajar por razón de sus estudios y si dependían económicamente del(a) causante al momento de su muerte, siempre y cuando acrediten debidamente su condición de estudiantes; y, los(as) hijos(as) inválidos(as), mientras subsistan las condiciones de invalidez.
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¿Qué pasa con mi pensión si no tengo ni pareja ni hijos?
Según la reforma laboral y la explicación de Colpensiones, a falta de cónyuge e hijos, serán beneficiarios de la pensión de sobrevivientes los padres del causante si dependían económicamente de este.
Pero en caso de que tampoco tengan padres, los hermanos del pensionado fallecido podrá solicitar la pensión siempre y cuando tengan alguna invalidez y dependían de él económicamente o los hermanos(as) menores de edad que dependían económicamente del(a) pensionado(a) fallecida(o) hasta los 18 años.
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