En los últimos años la jornada laboral en Colombia ha sufrido cambios. Pero en medio de esto, una pregunta es frecuente entre los trabajadores: ¿los días 31 de cada mes deben ser pagados por el empleador, o se pierden? La respuesta está fundamentada en el marco jurídico del país.
Según lo señalado por el Ministerio de Trabajo y las sentencias de las altas cortes, para efectos legales y de nómina se considera que un mes tiene 30 días, independientemente del número real de días del mes.
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Esto se debe a que el Código Sustantivo de Trabajo no contiene una regulación específica sobre cómo manejar los meses con 28, 30 o 31 días. Así lo explicó el abogado en derecho laboral, Jackson Pelaez.
En este sentido:
- Si un trabajador presta sus servicios durante un mes de 28 días (como febrero), de todas formas deberá recibir el pago correspondiente a 30 días.
- Si el mes tiene 31 días y el trabajador trabaja todo el mes, igualmente se le pagará por 30 días. El día adicional no genera un pago extra.
@jacksonpelaezabogado ¿Los dias 31 se deben pagar? #colombia ♬ sonido original - Jacksonpelaezabogado
¿Cómo es la jornada laboral actualmente?
- Reducción gradual: La jornada laboral se está reduciendo de manera progresiva.
- 46 horas semanales: Hasta el 14 de julio de 2025, la jornada máxima legal es de 46 horas semanales.
- 44 horas semanales: A partir del 15 de julio de 2025 y hasta el 14 de julio de 2026, la jornada se reducirá a 44 horas semanales.
- 42 horas semanales: A partir del 15 de julio de 2026, la jornada laboral máxima será de 42 horas semanales.