Un artículo en la reforma laboral ha desatado un intenso debate en el país, especialmente en torno a la propuesta que permitiría a las mujeres ausentarse del trabajo durante su periodo menstrual, sin la necesidad de un certificado médico. En Mañanas Blu con Néstor Morales, los representantes Alfredo Mondragón y Catherine Juvinao expusieron sus posiciones respecto a este polémico artículo.
Artículo de la reforma laboral y la menstruación
El artículo 18 de la reforma establece que las mujeres pueden solicitar permisos remunerados para asistir a citas médicas, incluidos los casos en los que presenten "ciclos menstruales incapacitantes" o condiciones asociadas como la endometriosis. Esta redacción ha sido considerada por algunos como ambigua, lo que ha alimentado la controversia.
El punto de vista de Alfredo Mondragón
El representante Alfredo Mondragón, del Pacto Histórico, defendió la necesidad de este artículo, argumentando que busca “garantizar a las mujeres que padecen situaciones biológicas” relacionadas con la menstruación.
Mondragón enfatizó que la intención es “darles garantías para que no estén en riesgo su dinámica laboral”. Al respecto, indicó que “una mujer que tenga la menstruación pueda faltar al trabajo sin cita médica” para evitar que se sientan discriminadas.
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Sin embargo, también reconoció la preocupación por la redacción del artículo.
“La menstruación no es en sí misma una enfermedad, estamos de acuerdo. La enfermedad es la endometriosis”, explicó. Esto llevó a una discusión sobre cómo la falta de un certificado médico podría ser interpretada y si esto generaría un abuso por parte de algunas trabajadoras.
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La posición de Catherine Juvinao
Por su parte, la representante Catherine Juvinao expresó su preocupación sobre los posibles efectos adversos de este artículo. En su intervención, enfatizó que “la única manera objetiva y transparente para ambas partes” sería que la mujer presente un dictamen médico que certifique su condición.
Juvinao argumentó que esto “evitaría abusos de las partes”, tanto de empleadores como de trabajadoras, quienes podrían alegar situaciones que no necesariamente sean ciertas.
“Lo que pedimos es que, si se genera una incapacidad, la mujer deba acreditarla ante el empleador con una excusa médica”, dijo.
Juvinao destacó que la falta de este requisito podría llevar a una situación en la que algunas mujeres se vean vulnerables ante sus jefes, quienes podrían cuestionar la legitimidad de sus ausencias.
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La ambigüedad del artículo y sus implicaciones laborales
Uno de los puntos más discutidos durante la entrevista fue la redacción ambigua del numeral e del artículo 18, que menciona los permisos para “asistir a citas médicas programadas o de urgencia, incluidos los casos en los que la persona trabajadora presente ciclos menstruales incapacitantes
Mondragón comentó que “la redacción puede interpretarse como para la cita médica o como incapacidad derivada de la menstruación”, lo que ha llevado a confusión sobre el verdadero alcance del artículo.
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Por otro lado, Juvinao subrayó que la ambigüedad podría convertirse en una barrera para las mujeres en el entorno laboral, “pues algunos empleadores opten por no contratar mujeres ante una situación que no van a poder manejar”.
El debate ha generado polarización entre quienes apoyan la medida como un avance en los derechos laborales de las mujeres y quienes la consideran una fuente potencial de abuso y discriminación.
Algunas mujeres han expresado su apoyo a la iniciativa, argumentando que la menstruación puede ser incapacitante y que es necesario reconocer este hecho en el ámbito laboral.
Sin embargo, otros han alertado sobre el riesgo de que este tipo de disposiciones podría llevar a una mayor discriminación hacia las mujeres en el proceso de contratación. Juvinao advirtió que “esto podría volverse una barrera de acceso para las mujeres”, pues sería un escenario donde las mujeres podrían ser vistas como menos aptas para el trabajo debido a su biología.