Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Reciba notificaciones de Blu Radio para tener las principales noticias de Colombia y el mundo.
No activar
Activar

Pensiones obligatorias: esto deben saber las empresas sobre pagos pendientes por pandemia

El Gobierno emitió un Decreto que permitió a empleadores y trabajadores independientes pagar solo el 3% de los aportes a la Pensión Obligatoria durante abril y mayo de 2020.Este es el plazo para completar el pago.

Pesos colombianos: ahorro
Imagen de referencia
Foto: Blu Radio

En respuesta a las dificultades económicas causadas por la pandemia de COVID-19, el Gobierno nacional emitió el Decreto 538 de 2020, permitiendo a empleadores y trabajadores independientes pagar solo el 3% de los aportes a la Pensión Obligatoria durante abril y mayo de 2020.

En 2021, el Decreto 376 estableció un plazo de 36 meses para que las empresas e independientes que se acogieron a este alivio completen el 13% restante. Este plazo culmina el próximo 31 de mayo de 2024.

Es crucial recordar que el pago de estas cotizaciones pendientes es obligatorio para todas las empresas y trabajadores independientes. No cumplir con este pago puede afectar el reconocimiento de la pensión por vejez de los trabajadores, resultar en reportes de incumplimiento ante la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP), y provocar acciones de cobro por parte de la administradora, incluyendo intereses moratorios.

Para facilitar el cumplimiento de esta obligación, el Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir está proporcionando información detallada a empresas y trabajadores independientes sobre cómo ponerse al día con estos pagos pendientes.

Publicidad

Fecha límite para el cumplimiento del pago:

El 31 de mayo de 2024 es el plazo máximo para completar los aportes a pensión obligatoria correspondientes a los meses de abril y mayo de 2020, en los cuales se efectuaron únicamente pagos del 3% de estos aportes. Es decir que se debe completar el 13% faltante.

¿A quién aplica esta fecha límite?

A las empresas que se acogieron al Decreto 558 de 2020 Por el cual se implementan medidas para disminuir temporalmente la cotización al Sistema General de Pensiones , el cual por pandemia permitió el pago reducido del 3% de los aportes a la pensión de sus colaboradores durante los mencionados meses.

Publicidad

Importancia de completar el 16% del aporte a la pensión:

Es fundamental completar el pago total del 16% de los aportes a la pensión , ya que la falta de este pago completo puede afectar el reconocimiento de la pensión por vejez de los trabajadores.

Cómo realizar el aporte del 13% restante:

Para completar el pago del aporte restante, las empresas o independientes deben hacerlo a través de su operador de información con el cual pagan su planilla PILA e informar el pago faltante por planilla de tipo N. Los operadores de información tienen establecidos procedimientos sobre los cuales se hace el cálculo del valor pendiente por pagar y su manera de hacerlo para quedar al día.

Consecuencias de no cumplir con el pago antes del 1 de junio de 2024:


El no pago de las cotizaciones pendientes al Sistema General de Pensiones antes del 1 de junio de 2024 acarreará intereses moratorios.

  • Publicidad

Publicidad