En Colombia, los trabajadores tienen el derecho legal de recibir dos primas al año de parte de sus empleadores, una en junio y otra en diciembre. La prima de fin de año equivale a 15 días de salario, siendo esta prestación social el equivalente a un mes de sueldo, dividido en dos entregas.
Esta reglamentación se aplica a diversos tipos de empleados, incluyendo aquellos que desempeñan funciones en el hogar, como trabajadores de aseo, cocina, lavado, planchado, jardineros, cuidadores de fincas, conductores y niñeras, entre otros, según lo establecido por la Ley 1788 del 7 de julio de 2016.
Hasta cuándo se puede pagar la prima de diciembre
En cuanto a la prima de diciembre, el Ministerio de Trabajo ha fijado una fecha límite para su pago: no puede exceder el 20 de diciembre.
La práctica común es que los empleadores efectúen este pago durante la primera quincena de diciembre. Es crucial resaltar que esta fecha límite es inamovible, y todos los empleadores tienen la obligación de cumplir con esta disposición en el periodo mencionado.
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El Ministerio de Trabajo establece sanciones significativas para aquellas empresas que no cumplan con esta obligación.
Las multas pueden alcanzar hasta cinco mil salarios mínimos mensuales legales vigentes, aproximadamente 5.800 millones de pesos. Además, los empleados cuentan con el respaldo legal para renunciar por causa justificada o alegar un despido indirecto. En caso de recurrir a la ley, un juez podría declarar el incumplimiento por parte de la empresa, lo que conllevaría a una indemnización por despido injusto.
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Es imperativo que los empleadores estén conscientes de esta fecha límite y tomen las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de esta obligación legal, evitando posibles sanciones y conflictos laborales.
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