Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Reciba notificaciones de Blu Radio para tener las principales noticias de Colombia y el mundo.
No activar
Activar

Se acerca el fin del 4x1000 para los colombianos que cumplan estos requisitos

A partir del 13 de diciembre, el impuesto de 4x1000 cambiará radicalmente. Ya no será necesario marcar una única cuenta como exenta.

Hasta el 12 de diciembre de este año, las personas pueden eximir una única cuenta de ahorros del 4x1000
Hasta el 12 de diciembre de este año, las personas pueden eximir una única cuenta de ahorros del 4x1000
Foto: AFP

El impuesto del 4x1000, conocido oficialmente como Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF), está por experimentar un cambio significativo en Colombia, beneficiando a miles de ciudadanos. Luis Carlos Reyes, exdirector de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), fue quien anunció hace unos meses la derogación de este impuesto para ciertas personas.

¿Qué es el 4x1000?

El 4x1000 es un tributo que se aplica a las transacciones financieras. Por cada 1.000 pesos que se movilizan en una cuenta bancaria, los usuarios deben pagar cuatro pesos. Este impuesto fue instaurado en 1998 como una medida temporal para afrontar la crisis bancaria y ha sido renovado a lo largo de los años para atender otras crisis económicas.

>>> Lea también: Esta es la mejor tarjeta de crédito para viajar en Colombia: ¿qué ofrece?

Actualmente, los bancos recaudan este gravamen y lo transfieren al Gobierno. No obstante, existen algunas excepciones para quienes mueven cantidades limitadas de dinero.

Publicidad

Cambio en impuesto del 4x1000

Hasta el 12 de diciembre de este año, las personas pueden eximir una única cuenta de ahorros del 4x1000 si los movimientos financieros en esa cuenta no superan los 16,4 millones de pesos. A partir del 13 de diciembre, esto cambiará radicalmente. Ya no será necesario marcar una única cuenta como exenta; en cambio, si el total de los movimientos en todas las cuentas de una persona no supera los 16,4 millones de pesos, el impuesto no se aplicará en ninguna de ellas.

Esta exención del 4x1000 beneficiará a aquellos ciudadanos que, en conjunto, no muevan más de 16,4 millones de pesos entre todas sus cuentas financieras. Esto representa una simplificación y alivio económico para quienes realizan transacciones limitadas.

Publicidad

Para comprender mejor el cambio, imagine que una persona tiene tres cuentas de ahorro. Actualmente, solo puede marcar una de ellas como exenta del impuesto, incluso si ninguna de las cuentas individuales supera el umbral de los 16,4 millones de pesos. Sin embargo, a partir del 13 de diciembre, si el total de dinero movilizado en todas las cuentas es inferior a esa cifra, todas las cuentas serán exentas del 4x1000, sin necesidad de marcar una en específico.

A partir del 13 de diciembre, si el total de dinero movilizado en todas las cuentas es inferior a 16,4 millones de pesos, todas las cuentas serán exentas del 4x1000,
A partir del 13 de diciembre, si el total de dinero movilizado en todas las cuentas es inferior a 16,4 millones de pesos, todas las cuentas serán exentas del 4x1000,
Foto: Pexels

Este cambio está respaldado por el artículo 65 de la Ley 2277 de 2022, que establece que las entidades financieras deben implementar un sistema que permita la verificación y control del GMF, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 879 del Estatuto Tributario. La exención se aplicará automáticamente a los usuarios que no superen el umbral de 350 UVT mensuales (equivalente a 16,47 millones de pesos en 2024, dado que el valor actual de la UVT es de 47.065 pesos).

Las entidades financieras y/o cooperativas de naturaleza financiera o de ahorro y crédito vigiladas por las Superintendencias Financiera o de Economía Solidaria que administren o en las que se abran cuentas de ahorro, depósitos electrónicos o tarjetas prepago abiertas o administradas deberán adoptar un sistema de información que permita la verificación, control y retención del Gravamen a los Movimientos Financieros en los términos del artículo 879 del Estatuto Tributario de forma que se permita aplicar la exención de trescientos cincuenta (350) UVT mensuales señalada en el numeral 1 del artículo 879 del Estatuto Tributario sin la necesidad de marcar una única cuenta.
Se lee en la ley.

  • Publicidad

Publicidad