Los empleadores colombianos tienen hasta el 30 de junio para hacer el pago de la prima a sus trabajadores.
Cabe recordar que la prima que es un beneficio corresponde a 30 días de salario por año y que debe efectuarse en dos pagos: en junio y diciembre,
Sobre el pago de la prima, Stefano Farné, economista de la Universitá di Bologna en Italia, y director del Observatorio del Mercado de Trabajo de la Universidad Externado, manifiesta que “es obligación de los empleadores pagarlo, en caso de que no se haga habrá que someterse a la sanciones que planteé el Código Sustantivo del Trabajo”.
Desde el Ministerio de Trabajo aseguran que el no pago de la prima a un trabajador, puede generar multas de 1 a 5.000 salarios mínimos mensuales.
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Por otra parte, los pensionados también tienen plazo al miércoles 30 de junio para actualizar su Registro Único Tributario (RUT) Según la Dian, la actualización del RUT, es totalmente gratuita y se puede hacer a través de la página web, de no hacerlo indican que la sanción diaria podría llegar hasta los $73.000 pesos diarios.