
A partir de la segunda semana de abril, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) implementará un nuevo servicio que facilitará la generación de facturas electrónicas en Colombia.
Ahora, será suficiente con el tipo y número de documento del comprador, según lo estipulado en la Resolución 000202 de 2025.
Este nuevo mecanismo busca modernizar la administración tributaria y eliminar obstáculos en la expedición de facturas electrónicas , reduciendo la solicitud de información adicional y los retrasos en el proceso.
Esta iniciativa responde a la necesidad de optimizar la facturación electrónica y evitar barreras que afectan tanto a los facturadores como a los consumidores
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El servicio estará disponible para todos los facturadores, incluyendo aquellos que usen el Servicio de Facturación Gratuita de la Dian, así como quienes operan con software propio o proveedores tecnológicos.
En consecuencia, estos últimos deberán actualizar sus sistemas para integrar la nueva funcionalidad, que permitirá completar automáticamente el nombre o razón social y el correo electrónico del comprador con solo su número de cédula.
Este sistema, desarrollado en conjunto con la Superintendencia de Industria y Comercio a través de la Delegatura para la Protección de Datos Personales, solo podrá emplearse para la generación de facturas electrónicas. Su uso con otros fines está expresamente prohibido.
Si el comprador no se encuentra en la base de datos del servicio, el facturador solo podrá solicitar:
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- Nombre completo o razón social
- Tipo y número de identificación
- Correo electrónico (opcional, si el comprador desea recibir la factura digitalmente)
En caso de que el comprador no quiera proporcionar su correo, el facturador deberá entregar una copia impresa de la factura sin exigir este dato, conforme al artículo 35 de la Resolución 165 de 2023. Además, no se podrá solicitar dirección, teléfono, RUT ni documentos físicos.
Nuevas disposiciones para empresas de servicios públicos
La Resolución 000202 de 2025 también aclara que las empresas prestadoras de servicios públicos solo podrán usar el documento equivalente electrónico para facturar el servicio prestado, salvo que el usuario autorice otro uso.
Si una empresa enfrenta dificultades técnicas o de conectividad al facturar en sitio, tendrá hasta 48 horas para transmitir el documento a la Dian, especialmente en zonas rurales o con acceso limitado a internet. En estos casos, deberá entregar una copia física de la factura al consumidor.
La Dian recuerdó a los ciudadanos la importancia de exigir factura electrónica en cada compra como medida para combatir la evasión fiscal. Cualquier irregularidad en la entrega de facturas electrónicas puede reportarse a través de WhatsApp: +57 311 583 0000.