Mañana, 1 de septiembre, se vence el plazo para que las aerolíneas y las compañías de juegos de suerte y azar emitan factura electrónica por todas sus transacciones.
Según la Dian, con corte al 31 de julio de 2024, se han habilitado 1.071 empresas que pertenecen a estos sectores económicos: 777 establecimientos del sector de juegos y 294 del sector de transporte aéreo.
Sin embargo, aún hay 461 empresas que no han realizado los trámites correspondientes.
"Según la normativa vigente, los documentos equivalentes electrónicos que se expidan por transacciones de tiquetes aéreos de pasajeros deberán indicar la descripción específica o genérica del bien y/o prestación del servicio", indicó la Dian.
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En el caso de los juegos de suerte y azar, la factura debe incluir el número de instrumentos de juego y la discriminación e identificación de cada una de las máquinas o juegos; la dirección en que se encuentra el establecimiento, o la dirección de internet e IP en caso de ser virtual; el valor del depósito en dinero y de lo pagado en las máquinas o juegos; el valor diario por cada instrumento de juego y la discriminación e identificación de cada una de las máquinas o juegos; el valor del Impuesto sobre las Ventas (IVA); y el nombre e identificación del serial de la máquina utilizada.