La prima de diciembre es un beneficio laboral muy esperado por los trabajadores en Colombia. Sin embargo, es importante saber cómo calcularla correctamente. A continuación, el paso a paso para aprender cómo hacerlo y resolver algunas dudas comunes al respecto.
Para calcular la prima de diciembre solo necesita una calculadora y saber cuántos días ha trabajado en los últimos seis meses, incluyendo los días no laborables. Multiplique esa cantidad por el salario mensual del trabajador y luego divide el resultado entre 360.
Es importante destacar que el auxilio de transporte debe incluirse en el cálculo de la prima de servicios y las cesantías, ya que forma parte de la base de las prestaciones sociales, según el Ministerio de de Trabajo.
Sin embargo, hay algunos casos en los que los trabajadores no tienen derecho a la prima de diciembre. Estos incluyen a aquellos con contratos de prestación de servicios, ya que no tienen una relación directa o de dependencia con el empleador.
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También están excluidos los trabajadores con contratos de aprendizaje, como practicantes universitarios o becarios, y aquellos con salarios integrales que superen los 10 salarios mínimos mensuales.
Cómo calcular la prima de diciembre
Por ejemplo, si alguien gana un sueldo de 3 millones de pesos mensuales y ha trabajado durante cuatro meses, lo cual equivale a 120 días, se debe multiplicar esta cifra por el salario mensual y luego dividir entre 360. Siguiendo este cálculo, la prima de esa persona sería de 1 millón de pesos.
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Según el Ministerio de Trabajo, la fórmula para calcular la prima de servicios es "el salario base por los días laborados". Por lo tanto, aquí otro ejemplo: si tiene un sueldo de $1.500.000 y ha estado empleado desde enero de 2023, su prima de mitad de diciembre sería de $750.000, al igual que la prima de mitad de año.
Calculadora de prima de diciembre
Hasta cuándo hay plazo
Según lo establecido por el Código Sustantivo del Trabajo, el pago de la prima de diciembre no puede pasar del 20 de ese mes, por lo que lo normal es que la mencionada prima la paguen en la quincena de mitad de mes. Es importante destacar que esta fecha límite es inamovible y todos los empleadores están obligados a cumplir con esta disposición dentro del período mencionado.
En el caso de que el empleador no cumpla con el pago de la prima de mitad de diciembre en la fecha límite establecida, se enfrentará a una sanción moratoria. Esta sanción implica pagar al trabajador un día de salario por cada día de retraso en la entrega del beneficio. El monto de la sanción será entregado al propio trabajador.
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