Hay medio millón de personas que trabajan con el Estado a través de las órdenes de prestación de servicios y la mayoría está haciendo cuentas con la Ley de Garantías en una mano y, la sentencia del Consejo de Estado sobre los contratistas en la otra, porque la combinación de ambas cosas podría dejar su renovación en veremos.
A pesar de la modificación de la Ley de Garantías en el presupuesto general de la nación para el 2022, todavía está vigente la prohibición para la contratación directa y, quienes no tengan su contrato firmado o adicionado antes del 29 de enero, se quedarán sin puesto hasta que terminen las elecciones presidenciales.
A eso hay que sumarle que la sentencia del Consejo de Estado sobre la prestación de servicios señala que debe existir una suspensión de 30 días entre un contrato y el siguiente para que no se considere que hay continuidad, como lo que se hacía hasta ahora era parar solamente por 15 días.
Hay quienes piensan que con ese cambio se puede ‘embolatar’ la renovación para quienes terminan contratos en diciembre, pues el tiempo quedaría demasiado ajustado para engancharse antes de la fecha límite de la Ley de Garantías.
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Sin embargo, el director del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, Iván Jaramillo, dice que hay salida: “La regla de respetar 30 días de interrupción entre un contrato y otro admite catálogos y criterios de justificación y flexibilización que el juez puede valorar en cada caso”, explica.
El Gobierno Nacional es consciente del problema y está preparando un concepto oficial sobre qué se va a hacer. La ‘papa caliente’ está en manos del Departamento Administrativo de la Presidencia.
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“La ley de garantías es como una sentencia, si no logras antes de eso concretar un contrato es muy difícil y ahorita que estoy buscando (empleo), pues justamente estoy corriendo a ver si logro ubicarme”, dijo Javier, quien lleva 14 años trabajando con esta figura.