El Gobierno prepara una modalidad de hipoteca inversa para mayores de 65 años, en la cual el adulto mayor en lugar de pagarle al banco podría recibir una mensualidad por el resto de su vida.
Si usted tiene esta edad y se acoge a la opción del Gobierno, podrá disfrutar de su casa por el resto de su vida y tiene una pensión a cambio de que la entidad se quede con su casa cuando muera.
Esta opción está pensada para quienes no tienen ingresos, pero sí tienen una vivienda a su nombre.
El borrador de decreto del Ministerio de Vivienda (que está sujeto a cambios) tiene varios elementos que debería analizar si está contemplando la opción:
1) Pedir esta hipoteca puede tener un costo
-La entidad que le ofrezca la hipoteca contrata un avalúo, pero el costo de ese avalúo se paga según el acuerdo que hagan con usted, así que podrían pedirle algo de dinero. Por otro lado, hay que registrar esa hipoteca ante las oficinas de registro o constituir una fiducia en garantía y eso también tiene un costo.
-El borrador de decreto no es claro sobre quién asume ese pago, pero usualmente el derecho de registro se paga a partes iguales entre quien compra y quien vende una casa.
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2) Pregunte qué pasará con los seguros y los impuestos
-El decreto permite que las entidades contraten seguros, pero también que le puedan exigir seguros a usted, así que vale la pena que pregunte muy bien qué seguros son y cuánto valen. El borrador de decreto no es claro sobre quién debe asumir el pago del predial o las valorizaciones.
3) Evalúe las modalidades de pago
-El decreto permite que le paguen en UVR (que es una unidad que sube cada año con la inflación) o que le paguen en pesos. También podrían pagarle más dinero en los primeros años y menos en los últimos o podrían pagarle el mismo valor todo el tiempo.
Asegúrese de preguntar y entender muy bien qué le están ofreciendo para evitar sorpresas desagradables en el futuro. La entidad está obligada a ofrecerle una asesoría integral.
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4) ¿Qué pasa si se cuelgan con sus pagos?
-Según el borrador de decreto, usted no podrá exigir la devolución de su casa de forma inmediata a menos que eso quede en el contrato. Eso sí, usted podrá acudir a los jueces en caso de problemas.
También lea: ¿Qué pasa con la hipoteca inversa cuando hay muerte temprana del adulto mayor?
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5) Lo que pasa cuando usted muere
-Si usted es el único beneficiario de la hipoteca inversa, cuando usted muera, el banco les pedirá a sus herederos que entreguen la casa. -Si usted firmó esa hipoteca con alguien más (su esposa, por ejemplo) solo podrán pedirle la casa cuando esa persona también muera.
-Sus herederos pueden entregarle la casa al banco, venderla para pagar la deuda o simplemente pagar para conservar la casa.
-Si ellos no hacen ninguna de estas cosas, el banco podrá hacer efectiva la hipoteca y pedir un desalojo.