El gobierno anterior recibió de la Comisión de Regulación de Energía, Gas y Combustibles (CREG) algunas recomendaciones sobre qué hacer ante la disparada de losrecibos de la luz en sus últimos meses; sin embargo, no se tomó ninguna decisión debido al costo que esas opciones implicaban para las finanzas públicas.
Las primeras alertas por el aumento de las tarifas de la electricidad en Colombia estaban sobre la mesa desde diciembre del año pasado; pero como pasó en el resto del mundo, la CREG pensó que la situación sería pasajera. Ya hacia los meses de abril y mayo era evidente que la entidad tenía que tomar cartas en el asunto, que el problema era ‘estructural’.
"Todos los análisis que nosotros hacíamos tenían un impacto fiscal importante y así lo habíamos hablado tanto con el gobierno anterior como con este gobierno", explicó el director ejecutivo de la CREG, Jorge Valencia.
Entre las opciones que se barajaron estaba una intervención directa en los precios a través de opciones obligatorias y eso podía tener un impacto en la cantidad de subsidios requeridos o en las necesidades de financiación de las empresas.
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"Algunas de las propuestas de los gremios como Andesco y Asocodis planteaban un anticipo de subsidios y ahí eso va directamente al presupuesto general de la nación", dijo, por su parte el comisionado experto Luis Julián Zuluaga.
La opción que se tomó al final del día, en el‘Pacto por la Justicia Tarifaria’, deja la reducción de tarifas en manos de las empresas, a través de una renegociación de sus contratos.
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¿Qué viene hacia adelante para controlar la subida de tarifas de la luz?
La idea es que el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) cree un nuevo indicador para medir los costos del sector y que ese indicador, lentamente, reemplace al Índice de precios del productor (IPP) como referencia a la hora de los contratos entre privados.
La CREG debería incluir ese indicador, lentamente, en las metodologías de tarifas, pero el problema es que cambiar esas metodologías es un proceso, por ley, muy lento. Por ejemplo, la revisión de cargos para las empresas de distribución, que atienden al usuario final, solo puede arrancar en 2023 pero no podrá expedirse sino en 2024, cuando se cumplen cinco años de la resolución vigente.
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