La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia hizo un importante pronunciamiento en el que advierte que no se pueden proferir fallos absolutorios a favor de aquel sujeto que incurra en violencia sexual y que argumente su comportamiento culpando a la víctima.
Indica el alto tribunal que permitir que el victimario tenga ese tipo de argumentos significan una discriminación contra la mujer que sea víctima de agresión sexual o de actos de violencia.
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Advierte que no se puede “acudir a la estrategia de desacreditar la conducta de la presunta víctima de una agresión sexual para así conseguir la absolución del comprometido en su ejecución”.
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El pronunciamiento lo hizo la Corte dentro de una demanda de casación donde una menor de edad había sido víctima de abuso sexual, por parte de un hombre quien argumentó haberla violado por sus supuestos “comportamientos complacientes”.