En los últimos días la Corte Suprema de Justicia estableció que las semanas de cotización para la pensión deben contabilizarse en días calendario en lugar de meses de 30 días.
Según la Sala de Casación Laboral, este ajuste asegura que al calcular las semanas cotizadas se consideren todos los días laborados y cotizados a lo largo del año.
Con este cambio es importante que usted verifique cuántas semana cotizadas tiene de pensión. Siga estos pasos:
Si está afiliado a Colpensiones:
- Ingrese al portal transaccional de Colpensiones: https://colpensionestransaccional.gov.co/sede_electronica/tramites/
- Inicie sesión con su documento de identidad y contraseña.
- En el menú principal, selecciona la opción "Historia Laboral".
- Se abrirá un nuevo documento con toda su información laboral, incluyendo las semanas cotizadas.
Si estás afiliado a un fondo privado de pensiones:
- Ingrese al portal web de su fondo de pensiones.
- Inicie sesión con su número de cédula y contraseña.
- Busque la opción para consultar su historia laboral o semanas cotizadas.
- Descargue el documento o consulte la información en línea.
Otras opciones para consultar tus semanas cotizadas:
- Llamando a la línea de atención de Colpensiones: 018000 414 100
- Acudiendo a una oficina de Colpensiones o de tu fondo privado de pensiones.
- Solicitando un extracto trimestral de pensiones obligatorias a tu empleador.
Es importante tener en cuenta que:
- Las semanas cotizadas son necesarias para acceder a una pensión de vejez en Colombia.
- El número de semanas cotizadas que necesitas para pensionarte depende de tu sexo y de la fecha en que empezaste a cotizar.
- Puedes consultar el número de semanas cotizadas que te faltan para pensionarte en la página web de Colpensiones o de tu fondo privado de pensiones.
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Cambios en el cálculo de semanas cotizadas
"De esta manera, la cotización se calcula en relación con el salario mensual o el ingreso percibido en el mismo período, sin perjuicio de que el período mensual de trabajo que cubre la cotización se contabilice en 28, 30 o 31 días, según corresponda, para ser transformados en semanas cotizadas mediante la división por siete. Es decir, para efectos de establecer el número de semanas cotizadas, el año debe tomarse según el calendario, esto es, 365 o 366 días, según corresponda", aclara la sentencia de la Sala de Casación Laboral.
Con esta nueva perspectiva, cada día cotizado se suma en semanas. Sin embargo, la decisión se tomó después de que la Corte Suprema se pronunciara sobre el caso de una mujer que solicitó a Colpensiones el reconocimiento de la pensión de sobreviviente de su esposo fallecido. El Tribunal Superior de Bucaramanga le negó la petición al considerar que su pareja no cumplió con las 50 semanas cotizadas en los últimos tres años antes de su muerte.
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Para la Sala de Casación Laboral, si la contabilización se hacía con base en 30 días por mes o 360 al año, la persona fallecida no alcanzaba las 50 semanas cotizadas. Sin embargo, con el nuevo criterio de la Corte, que establece que se deben tener en cuenta todos los días calendario, la mujer y sus dos hijos pudieron obtener la pensión de sobreviviente.