La Contraloría General de la República dio a conocer en su Auto 003 de 1 de octubre de 2023, con fallo de primera instancia, que encontró inconsistencias en la prestación del servicio de Internet en 126 colegios públicos de Bucaramanga en el año 2015 ya que el servicio debió debió suspenderse en las semanas de vacaciones de los estudiantes y no se hizo, generando así un detrimento patrimonial de $339.179.167.
“Existió una disposición ineficaz e inoportuna de los recursos del SGP destinados a Conectividad para la vigencia 2015, en la medida que si la fecha de inicio del convenio fue el 27 de abril de 2015, en los periodos de vacaciones fijados por la misma Secretaría de Educación de Bucaramanga conforme a la Resolución No. 3638 de 2014, modificada por la Resolución No. 4219 de 2014, debió realizarse la suspensión de la prestación de los servicios de conectividad contratados en cumplimiento de los lineamientos técnicos dispuestos por el MEN para la ejecución del Programa de Conexión Total, tanto en las dos (02) semanas comprendidas entre el 22 de junio y el 03 de julio de 2015 y las cuatro (04) semanas contadas a partir del 07 de diciembre de 2015”, explicó la Contraloría.
En ese sentido y teniendo en cuenta que se pagó con dineros públicos el Internet en los colegios mientras los estudiantes estaban de vacaciones la Contraloría falló con responsabilidad fiscal en contra de Carolina Rojas Pabón quien se desempeñó como Secretaria de Educación entre el 6 de noviembre de 2013, al 31 de diciembre de 2015 y, en contra de José Alfredo Bojacá Zambrano, quien era subsecretario de Despacho de la Secretaría de Educación del Municipio de Bucaramanga y Supervisor del Convenio Interadministrativo No. 102 de 2015.
“Así las cosas, teniendo en cuenta que en el acta de liquidación suscrita el 8 de enero de 2016, no se efectúo ningún descuento por este concepto ni se observa alusión a que la prestación de dicho servicio haya sido suspendida oportunamente, se considera que existió un detrimento en el patrimonio del estado, al efectuar un pago por un servicio que no cumplió con las finalidades para las cuales habían sido contratadas”, dice el auto 003 de la Contraloría.
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