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Amplían el horario de la rumba los fines de semana en Floridablanca, Santander

Viernes, sábado y previo a día festivo, la rumba será de 2:00 p.m. a 3:00 a.m. del día siguiente, para bares, tabernas y discotecas.

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Bares Floridablanca, Santander.
Foto Suministrada por la Alcaldía de Floridablanca, Santander.

La Alcaldía de Floridablanca confirmó que, debido a los buenos resultados en seguridad que ha mostrado el municipio, se ha tomado la decisión de ampliar en una hora más el horario de la rumba, con el objetivo de fomentar el empleo en bares, tabernas y discotecas de la localidad.

"Con el fin de mantener el desarrollo económico y generar estrategias para la creación de empleo, y teniendo en cuenta las cifras presentadas por las autoridades policiales, que muestran una disminución en los comportamientos contrarios a la convivencia en comparación con el mismo período del año pasado, la Alcaldía de Floridablanca emitió el decreto municipal N° 0214 del año 2023, mediante el cual se establecen nuevos horarios para algunos establecimientos comerciales de la ciudad, como bares, tabernas, discotecas, estanquillos y licoreras", explicó la Alcaldía municipal de Floridablanca.

De acuerdo con esto, los nuevos horarios autorizados para la rumba en Floridablanca son los siguientes:

  • Viernes, sábado y vísperas de días festivos, de 2:00 p.m. a 3:00 a.m. del día siguiente, para bares, tabernas y discotecas.
  • Viernes, sábado y vísperas de días festivos, de 10:00 a.m. a 3:00 a.m. del día siguiente, para estanquillos, licoreras y establecimientos distribuidores de licores.

Además, el decreto municipal N° 0214 del año 2023 establece que "los establecimientos mencionados en este artículo, cuyo funcionamiento se extienda a terrazas, balcones y/o antejardines, solo podrán operar hasta las 02:00 a.m.", aclaró Jaime Ordoñez, secretario del interior del municipio.

El funcionario también aclaró que "las disposiciones de este acto administrativo se aplican únicamente a establecimientos de comercio que cuenten con sistemas de insonorización que eviten que el ruido se propague hacia el exterior".

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Además, mencionó que, "corresponde a las autoridades de Policía, contempladas en el artículo 198 de la Ley 1801 de 2016, la vigilancia y control de las disposiciones establecidas".

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