Un juez prohibió el uso del arma Venom por parte del Esmad para control de protestas en Popayán, así lo determinó el juzgado 10º administrativo mixto de la oralidad del circuito de Popayán al fallar una tutela interpuesta por Andrés Mauricio Niño y Carlos Esteban Amaya, para preservar la vida, integridad física, seguridad personal, convivencia pacífica, la paz la salud y el medio ambiente, afectados por la utilización de este artefacto durante el control de las manifestaciones.
Como consecuencia, se le ordenó a la Policía Metropolitana de Popayán dirección de seguridad ciudadana y al Esmad a suspender, de manera inmediata, el uso de lanzador múltiple eléctrico denominado Venom en Popayán en cualquier espacio.
Esto, hasta tanto se le elabore un protocolo específico para el uso del dispositivo en el que se plasme la forma correcta de manipulación, es decir, en plataformas tales como vehículos terrestres o plataformas no tripuladas y no desde el suelo.
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Lo anterior, a fin de evitar que sea disparado de forma directa sobre la humanidad de los marchantes. La sentencia también obliga a que se capacite y instruya a todos los efectivos que hacen parte del Esmad en Popayán con fundamento en el protocolo que, para tal efecto, se expedirá en el correcto uso de lanzador múltiple eléctrico Venom.
Esto, de tal forma que la institución los acredite como personas idóneas para la manipulación, uso y accionar del arma no letal en momentos que se requiera dispersar gran cantidad de personas en aras de restablecer el orden público
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Asimismo, se le ordenó al alcalde de Popayán, Juan Carlos López Castellón, a supervisar y garantizar que el lanzador múltiple eléctrico Venom no se usará en esa capital hasta tanto la Policía Metropolitana de Popayán cumpla con la elaboración del protocolo y la capacitación de los uniformados.
La medida regirá una vez se notifique a la Policía Nacional de esta determinación.