Durante la etapa final de audiencias preliminares, el Juez 18 Penal Municipal con función de control de garantías, Rubén Galarza, dictó medida de aseguramiento domiciliara a la presidenta del Concejo del Cartagena, Gloria Estrada, y al empresario y representante artístico, Avelino Villamizar, quienes fueron capturados en un vehículo con un kilogramo de cocaína en su interior.
El juez amparó su decisión en que la presidenta del Concejo de Cartagena, y el señor Avelino Villamizar demostraron tener suficiente arraigo en la ciudad para no intentar persuadir el proceso penal que se les avecina, además de que no presentaban antecedentes.
“Las personas investigadas en el presente caso tienen un arraigo, se sabe dónde viven, tienen unas relaciones estrechas en la ciudad de Cartagena, aquí es donde desarrollan sus negocios, sus funciones, tienen sus familiares aquí, no tienen antecedentes, no han sido condenadas previamente. Entonces, si bien se han presentado unas conductas de desconocimiento de las directrices de la autoridad, todas esas circunstancias que obran a favor de estas personas se podrían tener en cuenta para efectos de determinar, o hacer un balance, de que sí se podría hacer una expectativa de que eventualmente cumplirían con esas obligaciones que se derivan de la medida domiciliaria, como es permanecer en el sitio donde deben cumplir la medida de aseguramiento”, detalló el juez durante su intervención.
Sin embargo, esta medida no aplica para el tercer implicado en este renombrado caso, el compañero sentimental de Estrada. El juez dijo decidió enviar a la cárcel a Martín Barreto, quien manejaba el vehículo donde fue hallado la droga y además le imputado el delito de porte de armas.
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“Ese juicio no lo podemos hacer respecto al ciudadano Martín Barreto De La Hoz, y la razón principal, es que además de todo el desconocimiento de todas las reglas a las cual le hemos hecho referencia, aquí al ciudadano Barreto De La Hoz también se le puede señalar un desconocimiento grave de reglamentos y que implica un peligro para la comunidad, con es esa acción que estaba desarrollando el día del acontecimiento de los hechos y es portar consigo un arma de fuego”, precisó el togado.
“Estar poco tiempo en el vehículo no implica que no hayan tenido conocimiento”
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De acuerdo al juez, y contrario a lo que señaló la defensa de Estrada, sí existe suficiente material probatorio para establecer como probable que los ocupantes del vehículo tenían conocimiento que estaban transportando la sustancia alucinógena, y que, además, desatendieron la orden pare del puesto de control de la Policía para obstaculizar el hallazgo de la droga.
“Consideramos que la sola circunstantes de que la señora Estrada y el señor Villamizar se hayan subido unos 10 minutos antes del procedimiento, no descarta que hubieran tenido conocimiento de la existencia de ese alijo (...) y dentro de las posibilidades razonables, que se estiman pudo ocurrir al interior del vehículo, es que en el tiempo en que se tuvo, desde el desatendimiento de la orden de pare, el artefacto pudo haber sido colocado debajo de la silla del conductor”.
La defensa de Estrada y los otros dos procesados solicitaron un receso en la audiencia de solicitud de medida de aseguramiento, para reunirse de manera presencial con sus defendidos, y definir si apelarán la decisión del juez del caso.
La presidenta del Concejo de Cartagena, su compañero sentimental Martín Barreto, y el empresario Avelino Villamizar, fueron capturados en un puesto de control de la Policía, ubicado en el barrio Manga, mientras se movilizaban en un vehículo en que fue hallado un kilógramo de cocaína, cerca de ocho millones de pesos de efectivo y un arma de fuego.
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Tras esta tormenta política que se desató en la ciudad de Cartagena con la captura de la presidenta del Concejo Distrital, el Partido Liberal, colectividad por la que fue elegida Estrada, la suspendió durante tres meses.
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