La Procuraduría profirió pliego de cargos contra tres exfuncionarios del Ministerio de las TIC, que intervinieron en la suscripción del contrato con la Unión Temporal Centros Poblados , así como dos particulares que manejaron recursos públicos.
Los cobijados con la medida son Adriana Vanessa Meza Consuegra, en su condición de exsecretaria general MinTIC, Sandra Orjuela Méndez, subdirectora de Gestión Contractual MinTIC; Camilo Alberto Jiménez Santofimio, director de Infraestructura MinTIC y los particulares Luis Fernando Duque Torres, representante legal UT Centros Poblados 2020 y Paola Andrea Izquierdo Rivera, representante convencional del Consorcio “PE 2020 C Digitales”, que ejercía la interventoría del contrato en mención.
Para la Procuraduría, Adriana Meza Consuegra tendría responsabilidad disciplinaria en la comisión de la falta gravísima por presuntamente desconocer los principios que rigen la contratación estatal, al abrir la licitación con estudios previos insuficientes y pliegos de condiciones carentes de reglas objetivas y completas.
Lo anterior, teniendo en cuenta que fueron modificadas las conclusiones, recomendaciones y observaciones técnicas, financieras y jurídicas definidas por el estructurador que había sido contratado por el FonTIC.
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Por su parte, Carlos Alberto Jiménez Santofimio, director de Infraestructura del MinTIC y supervisor del contrato, quien tenía a cargo la estructuración de los estudios previos y pliego de condiciones del proceso contractual en cuestión, aparentemente permitió que fueran modificadas las conclusiones, recomendaciones y observaciones dispuestas por el consultor consorcio TELBROAD-PROFIT, sin mediar estudios que sustentaran la modificación, desconociendo las reglas de la contratación.
En el caso de Sandra Orjuela Méndez, subdirectora de gestión contractual del MinTIC, habría incurrido en irregularidades en la etapa precontractual al desconocer los principios de selección objetiva, economía y responsabilidad, al habilitar, mediante evaluación jurídica, la propuesta presentada por la Unión Temporal “Centros Poblados Colombia 2020”, pese a que, al parecer, no cumplía con los requisitos exigidos, toda vez que con su propuesta presentó garantía bancaria de seriedad de la misma, sin que esta hubiese sido expedida realmente por el Banco Itaú CorpBanca Colombia S.A, como lo aseveró el licitante en la oferta que presentó a la entidad contratante el 28 de octubre de 2020.
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Por su parte, Luis Fernando Duque Torres, representante de la UT Centros Poblados Colombia 2020, la Procuraduría consideró que, presuntamente, falsificó las garantías bancarias por él suscritas y presentadas para amparar el buen manejo y correcta inversión del anticipo, el cumplimiento general del contrato y el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales, respectivamente, del contrato estatal de Aporte No. 1043 de 2020, con el fin de acreditar la existencia de las mismas y posibilitar su inicio.
Finalmente, para Paola Andrea Izquierdo Rivera, vinculada al proceso en su condición de representante convencional del Consorcio “PE 2020 C Digitales”, la Procuraduría le reprocha no haber verificado ni validado el cumplimiento de los requisitos para la realización del primer Comité Fiduciario del 26 de marzo del 2021.
En el que se dio aprobación para que el contratista utilizara los recursos, con cargo al primer desembolso a título de anticipo, toda vez que no verificó, ni garantizó la correcta citación al Banco Itaú al comité, porque de haberlo hecho, se habría evidenciado la falsedad de la que adolecía la garantía bancaria, antes del desembolso del valor del anticipo por parte del FonTIC.
En una semanas se definirá la fecha de iniciación del juicio disciplinario.
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