La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia negó el recurso de impugnación que había sido presentada por la empresa Conalvías contra una multa de $173.000 millones impuesta por la Contraloría por irregularidades en la Fase III de TransMilenio.
El alto tribunal analizó los argumentos que presentó Conalvías y consideró que las actuaciones de la Contraloría estuvieron ajustadas con las investigaciones en las que se evidenciaron sobrecostos cuando esa firma tenía el control de las obras en ese tramo del sistema de transporte masivo de Bogotá.
De igual forma, se estableció dentro del fallo que Conalvías se equivocó frente al recurso presentado advirtiendo que, si hubo vulneración de derechos con la sanción ypublicación de fiscal de la Contraloría, debió presentar otro mecanismo jurídico.
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Asimismo, la Corte analizó la decisión que tumbó el concepto de la Superintendencia de Sociedades a favor de Conalvías, por la que concedió una reconfiguración de la empresa y como consecuencia no podía ser objeto de ningún cobro.
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Esta determinación atentaba contra la sanción de la Contraloría y ponía a Conalvías en el escenario de asumir la responsabilidad fiscal por el detrimento patrimonial que se generó por cuenta de las irregularidades que se registraron en el marco del denominado “carrusel de contratos” de Bogotá.
Para la Corte, la sanción de la Contraloría “no es una simple cautela destinada a garantizar la satisfacción de las condenas impuestas en el fallo de responsabilidad fiscal, pues también busca proteger al Estado de entablar cualquier tipo de relación con quienes le causaron detrimento patrimonial”.
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