El Concejo de Bogotá aprobó un proyecto de acuerdo que amplía la exención del predial al 100% para teatros y museos, y aumenta las tarifas del impuesto a los clubes campestres, sociales, deportivos y recreativos desde 2024 hasta 2030.
Los inmuebles que alberguen espectáculos públicos de artes escénicas o museos, ya sean Bienes de Interés Cultural o no, podrán obtener la exención siempre y cuando cumplan con los requisitos necesarios. Para los teatros, es necesario declarar y pagar oportunamente el impuesto, mientras que los museos deben figurar en el listado del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural.
Para acceder a estos beneficios, los inmuebles deben estar destinados a la realización de espectáculos públicos de artes escénicas o funcionar como museos de manera predominante.
Además, el organizador de la actividad debe estar inscrito como productor permanente en el registro del Ministerio de Cultura y la propiedad del inmueble debe pertenecer al productor permanente, al museo, al representante legal o a uno de los miembros de la junta directiva de la organización que acredite el registro de las artes escénicas a partir del 1 de enero de cada año.
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La norma también exige la presentación de la declaración dentro de los plazos establecidos por la Secretaría Distrital de Hacienda para poder acceder a la exención.
Por otro lado, el Concejo aprobó el aumento progresivo de la tarifa del Predial para los inmuebles de uso dotacional, propiedad de particulares, destinados a clubes campestres, sociales, deportivos y/o recreativos. El acuerdo aplica el principio de progresividad tributaria en la tarifa del impuesto, de manera que el aumento tarifario será progresivo entre los años 2024 y 2028, y la tarifa dependerá del avalúo del predio.
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