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¿Agentes de movilidad tienen autoridad para poner multas y llevar carros o motos a patios en Bogotá?

Según la funcionaria, aunque muchos de estos agentes de movilidad ya están trabajando en Bogotá, eso no remplazará a la Policía de Tránsito.

Agentes de movilidad Bogotá.jpg
Agentes de movilidad Bogotá
Foto: Secretaría de Movilidad Bogotá

Deyanira Ávila, secretaria de Movilidad de Bogotá, en diálogo con Blu Radio, explicó las funciones que tendrán los nuevos agentes de movilidad que tiene la ciudad de Bogotá. Según la funcionaria, estos nuevos oficiales ayudarán a la entidad en materia de regulación, control y pedagogía.

“Los agentes de movilidad son autoridades en tránsito y transporte, además, incentivan la pedagogía, regulación, control, imposición e inmovilización de vehículos. En con solución, son autoridades que le aportan al control y movilización de la ciudad”, explicó.

Según Ávila, la principal función de estos nuevos agentes de movilidad es ayudar a vigilar y controlar la movilidad en la ciudad de Bogotá, por lo que sí están autorizados para imponer multas de tránsito y de llevar carros o motos a los patios.

“Son autoridades en tránsito y transporte que tienen toda la autonomía y autoridad para hacer todas las actividades de tránsito. Por otro lado, los retenes de estos agentes son completamente legales. Nosotros tenemos la capacidad para hacer estos operativos para controlar velocidad, condiciones de los vehículos, ambientales, etc. Además, tienen la autoridad para imponer multas de tránsito”, añadió.

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Por otro lado, según la funcionaria, aunque muchos de estos agentes de movilidad ya están trabajando en Bogotá, eso no remplazará a la Policía de Tránsito.

“Estos agentes viene a reforzar el ejercicio de la secretaria de Movilidad en materia de regulación, control y pedagogía, sin embargo, no va a remplazar a la Policía de Tránsito”, manifestó.

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Así quedó el pico y placa en Bogotá

Desde principios de este año, el pico y placa en Bogotá cambió para los vehículos particulares; sin embargo, lo que sí se mantuvo fue el mismo horario en el que se aplicaba la restricción: de 6:00 de la mañana a 9:00 de la noche.

El decreto 003 ordenó rotar la rotación que se llevaba a cabo en la capital del país, por lo que, la restricción de pico y placa quedó de la siguiente manera: se estableció que los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5 no podrán circular los días pares, mientras que los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0 no podrán hacerlo los días impares.

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