El juzgado 20 del círculo de Medellín ordena, en primera instancia, al Instituto Colombiano del Dolor (Incodol) que realice la eutanasia aMartha Sepúlveda.
Afirma el juez que se le habría vulnerado su derecho a morir dignamente al cancelar el procedimiento que estaba programado para el pasado domingo 10 de octubre.
Esta decisión fue en respuesta a la tutela interpuesta por la misma paciente, que argumenta que vio vulnerado su derecho.
Para el juzgado, Martha Sepúlveda tiene el derecho debido a que sufre de Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA, una "enfermedad grave, degenerativa, progresiva e incurable y por reunir los requisitos establecidos por la jurisprudencia" de la Corte Constitucional.
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Según el fallo, en 48 horas Indocol debe programar con Martha Sepúlveda el día y la hora en que habrá de llevarse a cabo el procedimiento, pero depende que la paciente de ELA aún tenga esa voluntad.
El juez también ordena en su fallo de tutela que se desvincule del proceso a la IPS Neuromédica, a la especialista en neurología neuromuscular, Liliana Villarreal Pérez, así como a la EPS Sura, por cuanto ·no son las llamadas a acatar la orden constitucional y “por falta de legitimación en la causa”.
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Por ahora, Incodol no se ha pronunciado sobre esta decisión o se interpondrá algún recurso de apelación, pero la EPS Sura confirmó que ya fue notificada y su equipo jurídico evalúa la decisión.
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