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Exdirectivos de EPM absueltos en primera instancia por adjudicación de contrato Hidroituango

Según la Fiscalía, no se habría probado la participación en ningún delito de los dos exdirectivos de EPM en la adjudicación del contrato del proyecto de Hidroituango.

Hidroituango
Hidroituango
Foto: AFP

Un juzgado penal de Medellín absolvió a los exdirectivos de EPM Luis Guillermo Gómez Atehortúa y Luis Javier Vélez Duque, a quienes la Fiscalía General de la Nación había acusado de intervenir en la adjudicación del contrato del megaproyecto de Hidroituango para construir la obra. Este contrato tenía un valor de 2.900 millones de dólares.

En principio, lo que señaló la Fiscalía es que Gómez en el año 2011, siendo gerente de la sociedad promotora Hidroituango S.A. E.S.P, hizo un convenio con EPM Ituango para realizar el proyecto, en ese momento, la entidad estaba siendo representada legalmente por Vélez y para el ente de control esto se habría dado en forma directa.

"En el juicio quedó demostrado que la obra estaba destinada para la prestación de un servicio público esencial, el de generación de energía eléctrica, el más importante de la historia de la infraestructura nacional de interés general, que fue vulnerado por el interés particular de los acusados quienes representaban las empresas de servicios públicos, que en un demostrado desvío de interés ejecutaron las acciones tendientes a materializar las decisiones irregulares para celebrar dicho contrato" aseguró la Fiscalía.

Sin embargo, lo que determinó la juez del caso es que la empresa que iba a contratar el proyecto estaba habilitada para contratar de manera directa la financiación, construcción, operación y mantenimiento del proyecto Hidroeléctrico, esto a pesar de que en un principio se había planteado la idea de una licitación pública, que según el juez nunca inició.

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Por eso, se tomó la decisión de absolver a los ingenieros Luis Guillermo Gómez y Luis Javier Vélez, ya que no se habría probado la participación en ningún delito de los dos exdirectivos de EPM en la adjudicación del contrato del proyecto que busca aportar el 17 % de la energía del país.

"Se suma a lo anterior, la ausencia del comportamiento de Luis Javier Vélez Duque, teniendo en cuenta que, las pruebas obrantes en el plenario demuestran que firmó el contrato BOOMT conforme a su nombramiento de la filial EPM Ituango, y la aprobación y orden de la Junta Directiva de la S.A. NE.S.P. para la cual trabajaba, desconociendo de esta manera, la eventualidad posibilidad de enmarcarse en los elementos descriptivos y normativos del tipo penal acusado. Se debe agregar que, no existe elemento material probatorio que dé cuenta que en el desarrollo de la contratación del proyecto Central Hidroeléctrica Pescadero Ituango José Tejada Sáenz, los ingenieros Luis Guillermo Gómez Atehortúa y Luis Javier Vélez Duque, actuaron con el propósito de favorecer a los actores del contrato BOOMT", argumentó la decisión.

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