La Sección de Primera Instancia para Casos de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la JEP decidió cerrar el incidente de medidas correlacionales, es decir, el equivalente en la justicia ordinaria a un incidente de desacato que tenía contra el gerente de EPM, Álvaro Guillermo Rendón, “por no cumplir con lo ordenado por la sala en audiencia pública”.
En esa orden se precisaba la búsqueda de personas dadas por desaparecidas que se presume fueron sepultadas en la zona de influencia de Hidroituango, es decir, por no responder a información solicitada por la Jurisdicción Especial de Paz.
Según la JEP, EPM respondió el 18 de septiembre a los requerimientos sobre exhumaciones hechas en la zona de influencia, entregando 16 documentos sobre los cuerpos encontrados.
En dicha documentación, “EPM sustentó que ninguno de los cuerpos sepultados en los cementerios de las localidades de Orobajo (Sabanalarga), Barbacoas (Peque) y La Fortuna (Buriticá) guardaban relación alguna con el conflicto armado.
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Es decir, "que todos los cuerpos allí inhumados correspondían a personas debidamente identificadas y sobre las que, por tanto, existía la respectiva documentación”.
Si bien la JEP considera por recibida la respuesta dada por EPM, le advirtió a la empresa que “no permitirá, bajo ninguna circunstancia, la desatención, negligencia, tardanza, omisión o incumplimiento de las órdenes dadas en estricto cumplimiento de su mandato, el cual tiene como eje la protección de los derechos de las víctimas"
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"Se previene a EPM de que cualquier dilación injustificada en la entrega de la información requerida o desatender sus órdenes, la habilita para ejercer las potestades consagradas en la ley”, dice el auto.
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