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A partir de este martes población transgénero podrá cambiar su cédula

Los ministros de Justicia, Yesid Reyes y del Interior, Juan Fernando Cristo, presentaron este martes el decreto que reglamenta el trámite para corregir...

43011_LGTBI/ Matrimonio homosexual Foto: EFE
LGTBI/ Matrimonio homosexual Foto: EFE
LGTBI/ Matrimonio homosexual Foto: EFE

Los ministros de Justicia, Yesid Reyes y del Interior, Juan Fernando Cristo, presentaron este martes el decreto que reglamenta el trámite para corregir el componente ‘sexo’ en el Registro del Estado Civil.

 

Este cambio tendrá especiales y positivas consecuencias para la población transgénero del país, la cual hasta ahora se había visto sometida a engorrosos procesos judiciales para realizar este trámite.

 

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“Expedimos el decreto el viernes anterior con el ministro de Justicia y el presidente de la República. El martes acompañaremos a un miembro de la comunidad a una notaría para que haga su cambio de cédula. Será un trámite y fácil, como cambiarse el nombre”, declaró el ministro del Interior.

 

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“Es un avance muy importante para el reconocimiento de los derechos e la comunidad LGBTI en Colombia”, finalizó Juan Fernando Cristo.

 

Diez miembros de la comunidad LGTBI transgénero serán los primeros beneficiarios del trámite de cambio de sexo ante notaría. El decreto permite simplificar el trámite para el cambio de sexo, que ahora se surtirá presentando los siguientes requisitos:

 

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Solicitud por escrito dirigida al Notario, con nombre y cédula de ciudadanía, adjuntando:

 

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-Copia del Registro Civil.

 

-Copia de la cédula.

 

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-Declaración bajo la gravedad de juramento, en la que la persona indique su voluntad de realizar la corrección de la casilla en el Registro Civil de Nacimiento.

 

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En el decreto el Gobierno es claro en advertir que no se puede pedir ningún otro requisito además de los ya enunciados. El Notario tiene 5 días hábiles para tramitar la solicitud.

 

Así mismo, la persona beneficiaria no podrá solicitar una nueva corrección en la casilla de sexo en el Registro dentro de 10 años y el procedimiento sólo podrá realizarse hasta en dos ocasiones.

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